El seguimiento de Hacienda a los contribuyentes que operan con criptomonedas

El seguimiento de Hacienda a los contribuyentes que operan con criptomonedas

Hacienda está siguiendo muy de cerca a aquellos contribuyentes que operan habitualmente con monedas virtuales. Los operadores, mineros y comercios que trabajan con criptomonedas se encuentran en el punto de mira del Ministerio de Hacienda. En el artículo de esta semana nos adentramos un poco más en el plan estratégico y antifraude del fisco español para controlar las operaciones que llevan a cabo los usuarios de criptomonedas.

La Agencia Tributaria ve un gran filón en este sector para recaudar una buena suma de dinero de este tipo de contribuyente. Y ha trazado un plan de choque para conocer las actividades de los contribuyentes con las monedas virtuales presentes en el mercado.

¿Cuál es el objetivo de la Agencia Tributaria?

Todo este plan del Ministerio de Hacienda tiene un claro objetivo, y no es otro que enviar el mensaje de que se mantiene fiel a lo ya anunciado en el Plan de Control Tributario del pasado año. A principios de 2018 se anunció que reforzaría su control sobre los nuevos modelos de negocio en internet, además de prestar mucha atención a los nuevos medios de pago como monederos electrónicos, y que controlaría exhaustivamente el uso de las monedas virtuales como el bitcoin.

La Agencia Tributaria adelantó que aumentaría el uso por las unidades de investigación de las nuevas tecnologías de captación y análisis de información en cualquier tipo de red y se valoraría de qué manera incide fiscalmente el uso de estas nuevas tecnologías, como el blockchain y las criptomonedas.

Hacienda ha empezado a actuar y ha solicitado información a más de medio centenar de entidades que intervienen en la compra o venta de criptomonedas. Se trata en la mayoría de los casos de entidades bancarias o financieras, casas de cambio, pasarelas de pago o empresas que permiten realizar pagos con criptomonedas.

¿Dónde no es capaz de llegar Hacienda?

A pesar del control tan exhaustivo que ya ha puesto en marcha la Agencia Tributaria, hay ciertos resquicios donde es más difícil que acabe llegando esa vigilancia. Un claro ejemplo lo apreciamos en los intercambios producidos cabo entre los monederos digitales (wallets), al no necesitar de entidades bancarias para realizar las transacciones. Los atomic swaps permiten el intercambio de criptomonedas de todo tipo en diferentes cadenas de bloques sin que actúe ningún intermediario.

A pesar de que la recomendación de los entendidos en la materia es cumplir con las obligaciones fiscales, hay más supuestos donde el fisco no entrará de lleno. Si en nuestros wallets contamos con bitcoins paralizados durante el último curso fiscal o si minamos tokens y criptomonedas dirigidas a esos ‘wallets’, no levantaremos sospechas en Hacienda.

Obligación de presentar tres declaraciones informativas

Con la nueva ley antifraude se quiere intensificar el control tributario y la prevención del blanqueo mediante criptodivisas. Para lograr este objetivo el contribuyente está obligado a presentar tres tipos de declaraciones informativas sobre su actividad con monedas virtuales, así como sobre las criptodivisas de fuera de nuestro país que posean contribuyentes españoles.

Además, entidades bancarias y financieras que trabajan en España tienen que hacer saber a la Agencia Tributaria los titulares y beneficiarios, así como los saldos en las criptodivisas que posean. Asimismo, se debe dar cuenta de los activos digitales que se encuentren fuera de España, ya que si no se informa de ello las multas pueden llegar hasta un 150% de la cantidad sin declarar.

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